Inmuebles
Cómo corregir el valor catastral o metros de tu casa en CDMX para no pagar predial de más
Un error en los metros construidos o la clasificación de tu inmueble puede elevar injustificadamente tu recibo de predial

Conoce cómo solicitar la revisión catastral, costos y requisitos / Foto: Gemini | 07/10/2026
El impuesto predial en la Ciudad de México se calcula a partir del valor catastral de cada inmueble, el cual toma en cuenta la superficie del terreno, los metros cuadrados de construcción, la antigüedad de la finca y la clasificación de la zona. Sin embargo, en ocasiones el padrón de la Secretaría de Administración y Finanzas registra discrepancias (como registrar pisos inexistentes, metros cuadrados de más o clasificaciones comerciales en fincas de uso habitacional), lo que provoca que los propietarios paguen montos excesivamente elevados año con año.
Para corregir estos errores en la boleta predial, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la CDMX pone a disposición de los contribuyentes el trámite formal de Modificación a la Padrón Catastral (Aclaración o Revisión Catastral).
Este trámite está dirigido a propietarios o poseedores de inmuebles en la CDMX que detecten inconsistencias en los datos físicos de su propiedad impresos en la boleta de predial.
Realizar la corrección vale la pena por tres razones centrales:
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Reducción permanente en la boleta predial: Al ajustar los metros reales de construcción a la realidad del predio, la tarifa del impuesto predial se recalcula a la baja de forma definitiva para los siguientes periodos fiscales.
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Certeza en trámites notariales: Tener la información catastral alineada con las escrituras públicas evita frenos o contratiempos al momento de vender, heredar o tramitar un crédito hipotecario.
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Posibilidad de devolución de cobros indebidos: Si se demuestra que la autoridad cometió un error en el cálculo, el contribuyente puede iniciar un proceso posterior de devolución o compensación por los pagos en exceso realizados en años anteriores.
El trámite de revisión o aclaración catastral es de carácter personal y se gestiona bajo los siguientes parámetros oficiales:
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Costo: El ingreso de la solicitud de aclaración catastral ante la Tesorería es un trámite totalmente gratuito. (Nota: Si la corrección requiere la presentación de un levantamiento topográfico o avalúo catastral por discrepancia severa, este estudio deberá ser elaborado por un perito valuador autorizado por la Subtesorería de Catastro).
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Tiempo de respuesta: La autoridad emisora cuenta con un plazo legal de 30 a 40 días hábiles para revisar el expediente, realizar la verificación técnica de campo (si aplica) y emitir la resolución de actualización en el padrón.
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Requisitos indispensables:
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Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional) del propietario.
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Boleta del impuesto predial reciente (donde conste la cuenta catastral a revisar).
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Escritura pública del inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad, o título de propiedad que acredite la titularidad.
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Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
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Documento técnico de respaldo: Planos arquitectónicos, avalúo catastral o levantamiento físico emitido por perito registrado (en caso de alegar menor metraje construido).
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La recepción de documentos y la atención presencial se realiza en las oficinas especializadas de la Administración Tributaria y centros de atención al contribuyente de la CDMX:
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Oficinas de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial: Ubicada en Dr. Lavista 144, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, o en el Centro de Atención Tributaria (CAT) asignado a la zona de tu inmueble.
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Módulos de la Tesorería de la CDMX: Puedes iniciar la entrega de documentación con previa cita generada en el portal de la Tesorería
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Proceso de atención: Tras ingresar el formato de aclaración con tus anexos, el personal técnico agendará una visita al inmueble (Inspección Catastral) para corroborar las dimensiones físicas reales antes de autorizar la modificación en el sistema.
Texto: Karen Armenta
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