Vehículos
Falleció el dueño del auto: ¿Cómo hago el cambio de propietario o venta legalmente?
Te explicamos qué documentos pide la SEMOVI para regularizar la situación

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Una situación muy frecuente en las familias mexicanas es el fallecimiento del padre o abuelo que era titular de los vehículos de la casa. El problema surge cuando los hijos quieren vender el auto o simplemente poner los papeles en regla para verificar, y se topan con que la Tarjeta de Circulación sigue a nombre del difunto.
Aquí surgen dos caminos muy distintos dependiendo de si el dueño dejó o no la factura firmada en vida.
¿Qué pasa si la factura ya estaba endosada?
Si el propietario, estando en vida, endosó la factura original a favor de un familiar (es decir, escribió "Cedo los derechos de propiedad a..." y firmó con fecha anterior a su fallecimiento), el trámite es administrativo.
- El Proceso: Para la SEMOVI, esto cuenta como una operación de compra-venta (o cesión) realizada en vida.
- La Solución: El nuevo dueño (el beneficiario del endoso) simplemente acude a realizar el Cambio de Propietario estándar, presentando la factura endosada, su identificación y pagando los derechos. No es necesario presentar acta de defunción ni testamento.
¿Qué hago si la factura NO estaba firmada?
Si el dueño falleció sin endosar los papeles, el auto se convierte legalmente en parte de la Masa Hereditaria.
- El Error Grave: Jamás intentes falsificar la firma del fallecido con fecha actual. Si la autoridad detecta que la fecha del endoso es posterior al acta de defunción, estarás cometiendo falsificación de documentos y fraude.
- La Vía Legal: Para que la SEMOVI reconozca al nuevo dueño, se necesita un documento que acredite la Sucesión (Herencia).
- Si hay Testamento: El auto debe adjudicarse al heredero mediante escritura pública ante Notario.
- Si NO hay Testamento (Intestado): Se debe iniciar un Juicio Sucesorio Intestamentario. El Juez emitirá una sentencia adjudicando el bien a favor de uno de los familiares.
¿Qué documentos me pedirá la SEMOVI?
Para realizar el cambio de propietario de un vehículo por defunción (sin endoso previo), en la ventanilla de Control Vehicular te exigirán:
- Sentencia Judicial o Escritura Pública: Donde el Juez o Notario declara quién es el nuevo legítimo propietario del bien mueble (el auto).
- Hoja de Identificación del Heredero: (INE del Albacea o del nuevo adjudicatario).
- Acta de Defunción: Para dar de baja el registro anterior.
- Tenencias Pagadas: Y tarjeta de circulación anterior.
¿Puedo circular mientras arreglo los papeles?
Sí, el auto puede seguir circulando y verificando siempre y cuando tenga placas vigentes y tarjeta de circulación (aunque esté a nombre del difunto).
Sin embargo, si te llevan al corralón, sacar el auto será una pesadilla, pues solo el titular (que ya falleció) o un apoderado legal pueden liberarlo. Por eso urge realizar el trámite de sucesión lo antes posible.
TEXTO: KAREN ARMENTA FOTO: IA GEMINI