Inmuebles
¿Qué arreglos en tu casa exigen permiso de la alcaldía y cuáles no?
Aprovechar el buen clima para renovar tu hogar es una excelente idea, pero cuidado con saltarte las reglas

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Con la llegada de marzo y la temporada de calor, muchas familias deciden que es el momento perfecto para darle una nueva cara a su hogar. El ruido de los martillos y el polvo de los albañiles se vuelven comunes en las colonias, pero también lo son las visitas sorpresa del INVEA (Instituto de Verificación Administrativa) o de Protección Civil.
El problema surge cuando creemos que, por ser "nuestra casa", podemos tirar paredes o levantar cuartos a nuestro antojo. El Reglamento de Construcciones de la CDMX es muy estricto al respecto. Para que no tires tu dinero a la basura pagando multas, te explicamos cómo se clasifican los permisos según el tamaño de tu remodelación.
¿Qué tipo de arreglos puedo hacer libremente sin avisarle a la alcaldía?
La ley te permite realizar labores de mantenimiento y embellecimiento sin necesidad de tramitar ningún permiso ni pagar derechos.
Puedes trabajar con tranquilidad si tu proyecto incluye:
- Pintar fachadas o interiores.
- Cambiar los pisos o azulejos (siempre y cuando no modifiques la base estructural).
- Impermeabilizar la azotea.
- Arreglar o cambiar muebles de baño y cocina (sin alterar las tuberías principales).
- Resanar grietas superficiales o aplanar muros.
¿Cuándo es obligatorio tramitar el "Aviso de Obra Menor"?
Si tu modernización va un paso más allá y requiere cambiar la distribución de un espacio sin poner en riesgo la estructura, necesitas presentar un Aviso de Realización de Obras que no requieren Manifestación de Construcción (conocido comúnmente como Obra Menor) en la ventanilla de tu alcaldía. Debes tramitarlo si vas a:
- Abrir, cerrar o modificar el tamaño de una ventana o puerta (que no sea en un muro de carga).
- Construir bardas perimetrales (que no rebasen los 2.5 metros de altura).
- Cambiar por completo las instalaciones eléctricas, sanitarias o de gas.
- Dividir un espacio interior con muros ligeros (como tablaroca).
¿En qué casos necesito una "Manifestación de Construcción" y un Perito (DRO)?
Aquí es donde la cosa se pone seria. Si tu proyecto altera el "esqueleto" de la casa o aumenta los metros cuadrados de construcción, requieres una Manifestación de Construcción (Tipo A, B o C) y la firma responsiva de un Director Responsable de Obra (DRO).
No intentes evadir este trámite si planeas:
- Construir un nuevo piso o un cuarto extra en la azotea (Roof Garden pesado).
- Tirar muros de carga o modificar columnas y trabes.
- Ampliar los límites de la fachada hacia la calle.
- Cualquier excavación profunda para cisternas grandes o sótanos.
¿Qué pasa si un vecino se queja y llega la autoridad a mi casa?
El 90% de las verificaciones ocurren por denuncias vecinales (por el ruido, el polvo o cascajo en la calle).
Si llega un inspector de la alcaldía o del INVEA y estás haciendo modificaciones estructurales sin la Manifestación de Construcción o sin el Aviso de Obra Menor, el resultado es inmediato: Clausura total de la obra (sellos en tus puertas) y multas económicas que pueden superar los $50,000 pesos. Además, te obligarán a demoler lo construido ilegalmente por tu propia cuenta.
TEXTO: KAREN ARMENTA FOTOS: GENERADAS CON GEMINI IA