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¿Cómo desalojar a un inquilino que no paga?

Descubre cómo te protege el Código Civil y el proceso exacto para recuperar tu propiedad aunque no tengas papeles firmados

¿Cómo desalojar a un inquilino que no paga?

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16 Jun 2026 12:52 yamilgomez

Una de las prácticas más comunes (y peligrosas) en México es rentar un cuarto, departamento o casa "de palabra". Ya sea por exceso de confianza al tratarse de un familiar, un amigo cercano, o simplemente para "ahorrarse los trámites", entregar las llaves de tu patrimonio sin un documento firmado es abrirle la puerta a un dolor de cabeza.

 

El drama estalla cuando el inquilino deja de pagar la mensualidad, se niega a desocupar el inmueble y, con una actitud desafiante, te dice: "Hazle como quieras, no firmamos nada". Ante el pánico de perder la propiedad, muchos dueños cometen errores que los llevan a enfrentar demandas penales. Te explicamos con fundamentos reales qué dice el Código Civil y cuál es el procedimiento jurídico exacto para lograr un desalojo exitoso, incluso si todo fue un acuerdo verbal.

 

¿Pierdes tus derechos sobre el inmueble si rentaste de palabra?

No, tu propiedad no está en riesgo de pasar a manos del inquilino, pero la ley sí te sanciona por la omisión.

  • La obligación es del dueño: El Artículo 2406 del Código Civil establece que el contrato de arrendamiento debe otorgarse por escrito, y especifica que "la falta de esta formalidad se imputará al arrendador".
  • La relación existe: Aunque no haya papel, la ley reconoce que existe una relación de arrendamiento verbal, por lo que el inquilino sigue teniendo la obligación absoluta de pagar la renta por el uso del espacio.
  • Lo que NO debes hacer: Nunca intentes cambiar las chapas, cortar la luz, el agua, o sacar sus cosas a la calle. Al no haber contrato, el inquilino podría denunciarte penalmente por el delito de "despojo", lo que complicará severamente tu caso.

 

¿Cómo comprobar legalmente que existe la renta si no hay papel?

Para que un juez ordene el desalojo, primero debes demostrarle que ese ocupante no es un "paracaidista", sino tu inquilino. A esto se le llama Medios Preparatorios a Juicio, y puedes probarlo con las siguientes herramientas:

  • Rastros financieros: Los recibos de transferencias bancarias o depósitos que el inquilino te hacía meses atrás bajo conceptos como "renta", "pago de mes" o "cuarto".
  • Evidencia digital: Capturas de pantalla de WhatsApp, correos electrónicos o mensajes donde le cobras la mensualidad y él reconoce la deuda o pide prórrogas.
  • Testigos: Personas (que no sean tus familiares directos) que tengan conocimiento de que esa persona te paga por vivir ahí, como vecinos del mismo edificio o el conserje.
  • Confesión judicial: Tu abogado puede solicitar que un actuario cite al inquilino ante el juez para que, bajo protesta de decir verdad, responda un interrogatorio donde reconozca que habita el lugar a cambio de un pago.


 

¿Cuál es el proceso judicial para lograr el desalojo?

Una vez que, mediante las pruebas anteriores, el juez civil reconoce que sí existe un arrendamiento verbal, inicia el proceso de recuperación:

  • Juicio de Controversia de Arrendamiento: Es la demanda formal donde exiges la terminación del contrato (verbal), el pago de las rentas atrasadas (rentas vencidas) y la desocupación inmediata del inmueble.
  • La notificación: El juzgado enviará a un actuario a notificar al inquilino sobre la demanda. A partir de ese momento, el tiempo corre en su contra.
  • El lanzamiento: Si el inquilino pierde el juicio y se niega a salir en el plazo establecido por el juez, se ordenará el "lanzamiento", que es el desalojo forzoso con apoyo de la fuerza pública (policía) y cargadores para sacar sus bienes a la calle y devolverte la posesión legal de tu propiedad.

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