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Vacaciones 2026: ¿Te pueden prohibir tomar 12 días seguidos?
Citamos el Artículo 78 para que defiendas tu derecho

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Es la pelea clásica de enero. Cumples tu año de antigüedad y quieres tus 12 días para un viaje largo. Tu patrón te frena: "No te puedes ir dos semanas, la operación se cae. Tómate 6 ahorita y 6 en diciembre".
Muchos empleados ceden creyendo que es una "negociación" válida. No lo es. Desde la reforma de "Vacaciones Dignas", la potestad de decidir si los días se toman juntos o separados recae exclusivamente en el trabajador, no en la empresa.
¿Qué dice exactamente el Artículo 78 de la LFT?
Para que no te cuenteen con "políticas internas", aquí está el texto literal de la Ley Federal del Trabajo (LFT) reformada, que está por encima de cualquier reglamento de empresa:
Artículo 78: "Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora, podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera."
La frase clave es: "A potestad de la persona trabajadora". Tú decides si los quieres continuos o si prefieres dividirlos. El patrón no puede imponerte la fragmentación.
¿Pueden negármelas argumentando "necesidades del servicio"?
Es el argumento favorito de RRHH: "Por carga de trabajo no autorizamos más de 5 días juntos".
Legalmente, ese argumento es débil ante el Artículo 78. Si bien las fechas se deben pactar de común acuerdo (no puedes irte mañana sin avisar), la continuidad es un derecho ganado.
Si la empresa no tiene personal para cubrirte 12 días, es un problema de gestión de ellos, no una causal legal para recortar tu derecho humano al descanso y la desconexión.
¿Dónde denuncio si me obligan a dividirlos?
Si tu jefe se niega por escrito a otorgarte los días continuos, está violando la ley laboral. Tienes dos caminos:
- Conciliación interna: Muestra el Artículo 78 impreso. A veces el desconocimiento es del mando medio, no de la empresa.
- PROFEDET: Si insisten, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para asesoría gratuita y citatorio de conciliación.
TEXTO: KAREN ARMENTA FOTOS: GENERADAS CON IA