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¿Te pueden obligar a regresar a la oficina si te contrataron como Home Office?

Si tú prefieres trabajar en remoto esta información te interesa si te quieren hacer ir a la oficina

¿Te pueden obligar a regresar a la oficina si te contrataron como Home Office?

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22 Jul 2026 12:14 yamilgomez

El Home Office transformó por completo nuestra forma de vivir y laborar, permitiendo a miles de personas trabajar sin la necesidad de perder horas en el tráfico diario. 

Sin embargo, en los últimos meses, muchas empresas han comenzado a exigir el regreso obligatorio a las oficinas, lo que ha generado muchas dudas.

Para quienes comenzaron a trabajar bajo un esquema 100% remoto, la orden de volver al esquema presencial no solo cambia su rutina y sus finanzas, sino que abre una duda legal, ¿te pueden cambiar tu contrato de Home Office a presencial?

¿Qué dice la Ley Federal de Trabajo sobre el trabajo remoto?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) regula el teletrabajo en México en su artículo 311 y en el Capítulo XII Bis. Según la legislación, para que un empleo se considere formalmente como teletrabajo, las actividades deben realizarse fuera de la oficina más del 40% del tiempo.

Para proteger al trabajador, la ley establece tres puntos clave:

  • Todo por escrito: Las condiciones de la modalidad remota deben quedar registradas obligatoriamente en un contrato de trabajo (individual o colectivo).
  • Derecho a regresar (Reversibilidad): Tanto la empresa como el empleado pueden solicitar volver al esquema presencial. Sin embargo, este cambio nunca puede ser impuesto: debe ser voluntario, de mutuo acuerdo y bajo las reglas firmadas en el contrato.
  • Herramientas y gastos cubiertos: El patrón tiene la obligación de asumir los costos del Home Office. Esto incluye proporcionar equipo de cómputo y silla ergonómica, además de pagar una parte proporcional del internet y la luz.

¿Cuándo sí podrían obligarte a trabajar presencialmente? 

Es importante saber que el respaldo de la ley también puede favorecer al patrón. Existen tres situaciones en las que la empresa está permitida para obligarte a regresar al trabajo presencial:

  • Cambio temporal por emergencia: Si fuiste contratado originalmente para trabajar en la oficina y te enviaron a casa solo por una situación especial o contingencia, el contrato original sigue mandando. Por lo tanto, la empresa tiene derecho a pedirte que regreses a tu lugar habitual de trabajo.
  • Acuerdos "de palabra" o informales: Si el trabajo remoto se manejó solo como un beneficio de palabra o un permiso temporal, pero nunca se firmó un documento formal que lo respaldara, legalmente no se considera teletrabajo y la empresa puede solicitar tu retorno.
  • Contratos híbridos con flexibilidad: Ocurre cuando el documento que firmaste ya decía que tu puesto sería mixto (unos días en casa y otros en la oficina) y le daba la facultad a la empresa de ajustar los días de asistencia según las necesidades del trabajo.

¿Qué pasa si te niegas a dejar el home office? 

Si estás contratado formalmente bajo la modalidad de teletrabajo y la empresa intenta forzarte a cambiar tus condiciones sin tu consentimiento, la negativa de tu parte no es motivo justificado de despido.

Si te presionan para volver y decides no hacerlo, debes considerar los siguientes aspectos de tu defensa laboral:

  • Tu renuncia justificada (Rescisión): Si la empresa cambia el lugar de trabajo por su cuenta y sin tu consentimiento, está rompiendo el acuerdo inicial. Ante esto, la ley te permite dar por terminada la relación laboral por culpa del patrón, lo que significa que tienes derecho a que te indemnicen como si te hubieran despedido.
  • Despido injustificado: Si la empresa decide correrte solo porque no aceptaste regresar a la oficina, se trata de un despido injustificado. En este caso, el patrón está obligado por ley a pagarte tu liquidación completa, la cual incluye los tres meses de salario y tu prima de antigüedad.

 

Si el área de recursos humanos comienza a presionarte, amenazarte con el despido o notas acoso laboral, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o a los Centros de Conciliación Laboral. Ahí te darán asesoría gratuita y te ayudarán a citar a la empresa para llegar a un acuerdo formal.

Texto: Litzi Orihuela

Imágenes: Freep!k

 

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