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Incapacidad IMSS: ¿Por qué no te pagan los primeros 3 días?
Te enfermaste, fuiste al Seguro Social, te dieron tres días de reposo y al llegar la quincena notas un descuento

Empieza el malestar, tienes fiebre y acudes a tu clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El médico te revisa y te otorga un certificado de incapacidad por tres días para que vayas a casa a recuperarte. Tú entregas el documento en tu trabajo con la tranquilidad de que tu falta está justificada.
Sin embargo, llega el día de pago y te llevas una sorpresa: te descontaron esos tres días de tu quincena. Vas a Recursos Humanos a reclamar y te dicen que la empresa no está obligada a pagártelos, y cuando vas al IMSS, te dicen exactamente lo mismo. ¿Alguien se quedó con tu dinero? Aquí te explicamos la cruda realidad legal de las incapacidades en México.
¿Quién paga los primeros 3 días de incapacidad por enfermedad?
La respuesta que nadie quiere escuchar es: nadie.
Cuando te enfermas de un padecimiento que no tiene nada que ver con tu trabajo (una gripa, una infección estomacal, apendicitis, etc.), el IMSS lo clasifica como "Enfermedad General".
De acuerdo con el Artículo 96 de la Ley del Seguro Social, el pago del subsidio por enfermedad general comienza a correr a partir del cuarto día de incapacidad. Esto significa que los días 1, 2 y 3 quedan en un "hoyo negro" jurídico: el IMSS no los cubre por ley, y la Ley Federal del Trabajo tampoco obliga al patrón a pagarte el salario de esos días, ya que tu contrato laboral queda "suspendido" mientras estás incapacitado.
La única excepción es que tu empresa tenga un Contrato Colectivo de Trabajo o prestaciones superiores a la ley que especifiquen que ellos absorberán ese gasto, pero si estás con las prestaciones mínimas, esos tres días corren por tu cuenta.
¿Cuánto paga el IMSS a partir del cuarto día?
Si tu enfermedad es grave o requiere recuperación larga (por ejemplo, te dan 10 días de incapacidad), el escenario cambia a partir del día número cuatro.
El IMSS comenzará a depositarte tu subsidio, pero no será el 100% de tu sueldo. El seguro paga únicamente el 60% de tu salario base de cotización (el sueldo con el que tu patrón te tiene registrado ante el Seguro Social). Por eso es vital revisar en tu constancia de semanas cotizadas que tu empresa no te tenga registrado con el salario mínimo si en realidad ganas más.
Accidentes de trabajo: La única excepción donde cobras completo
Es muy importante no confundir una Enfermedad General con un Riesgo de Trabajo. Si tu padecimiento está relacionado con tu empleo, las reglas del IMSS cambian totalmente a tu favor:
- ¿Qué cubre el Riesgo de Trabajo? Aplica si te accidentas dentro de las instalaciones de la empresa, sufres un percance en el trayecto directo de tu casa a la oficina (o viceversa), o desarrollas una enfermedad derivada de tus actividades diarias.
- Adiós al descuento: En este escenario, la regla del "hoyo negro" de los tres días no existe. No pueden descontarte esa primera parte de tu recuperación.
- Pago al 100%: El Artículo 58 de la Ley del Seguro Social establece que el trabajador tiene derecho a recibir el cien por ciento de su salario íntegro.
- Cobertura desde el día uno: El subsidio se genera desde el primer día de tu incapacidad y se mantiene constante hasta que el médico te dé el alta oficial.