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¿Es legal que te despidan por no “ponerte la camiseta”? Esto dice la LFT

Llegar a tu hora, no contestar correos en fin de semana y negarte a hacer horas extras gratis no es motivo de despido

¿Es legal que te despidan por no “ponerte la camiseta”? Esto dice la LFT

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16 Jun 2026 13:08 yamilgomez

A mediados de 2026, el agotamiento extremo o burnout en las oficinas es una realidad innegable. Como respuesta a las jornadas extenuantes y los salarios estancados, miles de trabajadores mexicanos han adoptado la llamada "renuncia silenciosa" (quiet quitting).

 

Pese a lo que el nombre sugiere, esta tendencia no implica dejar tu trabajo ni hacer las cosas mal; significa, simple y sencillamente, cumplir estrictamente con lo que dicta tu contrato laboral y negarte a regalar tu tiempo libre bajo la falsa premisa de "ponerse la camiseta".

 

Sin embargo, ante esta postura de poner límites sanos, muchos gerentes y departamentos de Recursos Humanos han comenzado a amenazar a sus equipos con actas administrativas o despidos por "falta de compromiso". Para que no te dejes intimidar, aquí te explicamos con la Ley Federal del Trabajo (LFT) en mano por qué hacer solo tu trabajo no es un delito corporativo.

 

¿Hacer solo lo mínimo indispensable es causal de despido?

La respuesta legal, directa y sin rodeos es: No. El Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece claramente cuáles son las 15 causas por las que un patrón puede despedirte de forma justificada (sin liquidación). Entre ellas destacan tener más de tres faltas injustificadas en un mes, cometer actos de violencia, revelar secretos de la empresa o acudir en estado de ebriedad.

 

En ninguna parte de la ley mexicana dice que "no quedarse horas extras", "no contestar el WhatsApp en domingo" o "carecer de pasión por la empresa" sean motivos de rescisión. Si tu contrato dice que tu horario es de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, y tú ejecutas tus labores con calidad en ese tiempo, estás cumpliendo al 100% con tu obligación jurídica.

 

El derecho a la desconexión digital en 2026

Uno de los puntos de fricción más fuertes del quiet quitting es la negativa a atender requerimientos fuera del horario de oficina.

 

Actualmente, el marco legal mexicano reconoce el derecho a la desconexión digital (reforzado en regulaciones como la NOM-037 para esquemas remotos e híbridos). Esto significa que apagar tu celular corporativo o ignorar los correos de tu jefe a las 9:00 de la noche es un derecho protegido. Sancionarte por ello se considera acoso laboral y una violación a la NOM-035 sobre factores de riesgo psicosocial.

 

¿Cuándo SÍ te pueden levantar un acta?

Ojo, la renuncia silenciosa te protege siempre y cuando no caigas en la negligencia. La empresa sí puede sancionarte o iniciar un proceso de despido justificado si cruzas las siguientes líneas:

 

  • Desobediencia de funciones: Si te niegas a realizar una tarea que viene explícitamente detallada en la descripción del puesto de tu contrato.
  • Baja de calidad intencional: Cometer errores a propósito en tus entregables o ignorar los estándares de calidad de la compañía (falta de probidad).
  • Ausentismo en tu jornada: Llegar tarde constantemente o desaparecer durante tu horario oficial de trabajo.

 

¿Qué hacer si te despiden por "falta de proactividad"?

Si Recursos Humanos decide darte de baja argumentando que "no tienes la actitud que la empresa busca" o que "no estás dando el 110%", la ley lo clasifica inmediatamente como un despido injustificado.

 

En este escenario, no firmes ninguna carta de renuncia voluntaria. Tienes derecho a exigir el pago de una Liquidación Constitucional completa, la cual incluye:

  1. Tus partes proporcionales (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional).
  2. Tres meses íntegros de tu salario.
  3. 20 días de sueldo por cada año trabajado.
  4. El pago de tu prima de antigüedad.

 

Si la empresa se niega a pagar esta cantidad, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para citar a tu patrón y exigir lo que te corresponde por ley. Tu contrato es un acuerdo comercial de tiempo por dinero, no un pacto de servidumbre.

 

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